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Sanción a Rappi

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a Rappi por no cumplir normas de protección al consumidor. El pasado 16 de octubre, la SIC impuso a la empresa RAPPI S.A.S. una multa por $ 1.755.606.000, en tanto comprobó que Rappi actúa en el mercado colombiano como proveedor de bienes y servicios, no como un portal de contacto, y en consecuencia no había cumplido las obligaciones legales derivadas del estatuto del consumidor que le asistían en tal rol. 
Entre otras razones, la SIC consideró que Rappi actúa como proveedor de bienes y servicios en tanto percibe utilidades por las transacciones efectuadas por los consumidores y por los distintos beneficios que la misma paltaforma ofrece, como “Rappi antojo”, “Rappi cash” y “RappiPrime”, entre otros métodos de financiación. Como consecuencia de lo anterior, la empresa se hace directamente responsable de indicar con precisión las restriciones para acceder a promociones, la informacion relacionada con los precios visualmente expuestos en la plataforma, garantizar el derecho de reversion de pagos a los consumidores, entre otras.
Para más información puede consultar las resoluciones 

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